
La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación, compuesta por todos los socios.
La Asamblea se convocará en sesión ordinaria, al menos una vez al año, para la aprobación de cuentas y presupuestos, ya en sesión extraordinaria, siempre que la convoque el Presidente de la Asociación, por sí ó por acuerdo mayoritario de la Junta Directiva, ó a petición de la mitad más uno de los socios.
Cada socio tendrá derecho a un único voto. La representación deberá realizarse por escrito, considerándose a efectos del quórum de la Asamblea que el representado está presente, no pudiendo otorgarse a cada socio más de una representación.
El voto de los socios se ponderará, de ser necesario, de forma que los derechos de voto de los miembros económicos y sociales privados y de representación directa ó indirecta no administrativa y de las asociaciones privadas representen al menos el 51 % de los derecho de voto.